Ministro de Obras Públicas se niega a entregar contratos de las compras de asfalto y de publicidad

El dispendio de EDENORTE, 150 mil pesos en pintalabios
mayo 27, 2021
ADOCCO: Liquidadores de la CDEEE no tienen intención se establezca valor de Punta Catalina
junio 1, 2021

Ministro de Obras Públicas se niega a entregar contratos de las compras de asfalto y de publicidad

Ministro Deligne Ascención Burgos, podría ser sometido ante la Suprema Corte de Justicia, por violación del Artículo 30; que establece lo siguiente: El funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos (2) años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco (5) años.

El ministerio de Obras Públicas es reincidente en la negativa de entregar informaciones solicitadas a través de la Ley 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública, la primera negativa se produjo el pasado diciembre del 2020, cuando ADOCCO, solicitó los contratos de compra del asfalto aplicado en el programa de asfaltado del ministerio, correspondiente a los meses noviembre del 2018 a noviembre del 2020, con los avales del procedimiento de adquisición y pagos correspondientes.

La segunda negativa se produjo este viernes 28 de mayo, con la solicitud de la relación del gasto de esa institución en publicidad, con detalles de los medios favorecidos, copias de contratos por ese concepto.

Los motivos expuestos por el ministerio para rechazar ambas solicitudes, los fundamenta en el Artículo 7 de la Ley 200-04, que expresa lo siguiente: La solicitud de acceso a la información debe ser planteada en forma escrita y deberá contener por lo menos los siguientes requisitos para su tramitación:
a) Nombre completo y calidades de la persona que realiza la gestión;
b) Identificación clara y precisa de los datos e informaciones que requiere;
c) Identificación de la autoridad pública que posee la información;
d) Motivación de las razones por las cuales se requieren los datos e informaciones solicitadas;
Párrafo I. Si la solicitud no contiene todos los datos requeridos, la Administración deberá hacérselo saber al solicitante a fin de que corrija y complete los datos, para ello contará el ciudadano con el apoyo de la oficina correspondiente designada por el órgano de la Administración para recibir las solicitudes.

Desconociendo con esa actitud el ministro de Obras Públicas, la existencia del portal Solicitud de Acceso a la Información Pública, SAIP, de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental, que preside la doctora Milagros Ortiz Bosch, en el cual se registra todo usuario de su derecho constitucional, tanto persona física como jurídica, constituyendo el alegato, una traba al cumplimiento de los compromisos de transparencia.

 

Adocco
Adocco
Institución sin fines de lucro en Rep. Dominicana

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Quieres recibir avisos de nuevas noticias? OK No Gracias